Seguros Colectivos

Seguro convenios colectivos

Este tipo de seguros tienen por objeto garantizar al tomador de las consecuencias económicas que sus asalariados o empleados puedan sufrir según las condiciones pactadas en los convenios colectivos de aplicación de los distintos sectores laborales.

Estas garantías se adaptan a las exigencias establecidas en los Convenios Sectoriales en los que este adscrita la Empresa, de ámbito provincial, autonómico o nacional.

El seguro de convenio cubre diferentes riesgos que pueda sufrir el trabajador en el desempeño de su actividad laboral y que esté regulado en el convenio de aplicación.

En algunas ocasiones esta cobertura se extiende también a accidentes no laborales, incluso hay algunos convenios que van mas allá y establecen también la obligatoriedad de un seguro de vida además del de accidentes, cubriendo en caso de muerte por cualquier causa natural.

Detallamos algunas de las principales garantías/coberturas que se pueden contratar:

  • Fallecimiento por accidente laboral.
  • Fallecimiento por accidente no laboral.
  • Fallecimiento por enfermedad común.
  • Fallecimiento por enfermedad profesional.
  • Gran invalidez por accidente laboral.
  • Gran invalidez por enfermedad profesional.
  • Incapacidad permanente absoluta por accidente laboral.
  • Incapacidad permanente absoluta por enfermedad profesional.
  • Incapacidad permanente total por accidente laboral.
  • Incapacidad permanente total por enfermedad laboral.

Seguro colectivo

Este tipo de seguros permiten contratar a un colectivo de personas de forma individual con necesidades comunes de cobertura. Suelen ser contrataciones más económicas que las individuales.

Hay diferentes modalidades de seguros colectivos atendiendo a distintos factores:

  • Nominado.
  • Innominado.

Detallamos algunas de las principales garantías/coberturas que se pueden contratar:

  • Muerte.
  • Incapacidad permanente por accidente.
  • Incapacidad temporal.
  • Incapacidad parcial según baremo.
  • Infarto.
  • Hospitalización.
  • Asistencia sanitaria limitada o ilimitada (centros concertados).
  • Asistencia en viaje.

Estamos especializados en seguros de empresas, nuestro equipo de profesionales le asesorará en las mejoras que se pueden obtener de los planes de seguros que su empresa necesita. Consúltenos indicando las características de su empresa y sin ningún tipo de compromiso nos pondremos en contacto.

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