Responsabilidad Civil

En el desarrollo de cualquier actividad estamos expuestos a producir daños a terceros por acciones u omisiones de cuyas consecuencias somos civilmente responsables, cubrir esta Responsabilidad Civil es una tranquilidad ante el gran incremento de reclamaciones y muchas veces una obligación para el ejercicio y desarrollo de ciertas actividades dependiendo donde se realizan.

Este tipo de seguros garantizan dentro los límites y condiciones pactadas en la póliza, la responsabilidad civil extracontractual del asegurado, según la normativa vigente por daños causados a terceras personas a consecuencia de daños personales, materiales y perjuicios consecuenciales por hechos que se deriven del riesgo asegurado y descrito en póliza. Hay que tener muy en cuenta que en estas pólizas no quedan cubiertas las sanciones y multas.

Detallamos algunas de las principales garantías/coberturas que se pueden contratar:

  • Responsabilidad Civil Explotación.
  • Responsabilidad Civil Patronal.
  • Responsabilidad Civil Productos (Unión y mezcla).
  • Responsabilidad Civil Post-Trabajos.
  • Responsabilidad Civil Cruzada.
  • Defensa y Fianzas.
  • Protección Jurídica.

Las clasificaciones y coberturas en Responsabilidad Civil dependen en gran medida de la actividad a asegurar, las coberturas se adaptan específicamente a cada sector, por lo que estamos detallando en garantías/coberturas es muy genérico.

Estamos especializados en seguros de empresas, nuestro equipo de profesionales le asesorará en las mejoras que se pueden obtener de los planes de seguros que su empresa necesita. Consúltenos indicando las características de su empresa y sin ningún tipo de compromiso nos pondremos en contacto.

 

Seguros de Responsabilidad Civil para Directivos y Consejeros.

Este Seguro salvaguarda y protege el patrimonio personal de los Directivos y Administradores por el desarrollo de su gestión empresarial, protegiéndolo frente a las reclamaciones que pudieran recibir por parte de terceros como: de la administración, de la propia empresa, de los accionistas, de los empleados, de los clientes, de los acreedores, se pueden recibir reclamaciones por actos incorrectos, errores de gestión, faltas o negligencias. La legislación es cada vez más dura y estricta para los Directivos y Administradores, teniendo en cuenta la nueva Ley de Sociedades, la reforma del Código Penal y nueva legislación Medioambiental.

Desglosamos algunas garantías/coberturas muy específicas que ofrecen algunas aseguradoras que se pueden contratar:

  • Responsabilidad civil por faltas, errores o negligencias en la gestión empresarial.
  • Responsabilidad civil por faltas, errores o negligencias en el proceso de constitución de la sociedad.
  • Responsabilidad civil por actos en entidades externas, sociedades participadas o filiales.
  • Responsabilidad civil por prácticas de empleo incorrectas.
  • Reclamaciones contra el cónyuge, la pareja de hecho, la masa hereditaria, los herederos, legatarios, representantes legales o causa habientes.
  • Gastos de defensa
  • Gastos de defensa derivados de reclamaciones por contaminación o responsabilidad medioambiental
  • Gastos de defensa derivados de reclamaciones por responsabilidad tributaria subsidiaria.
  • Gastos de representación legal por investigación.
  • Gastos de restitución de Imagen.
  • Fianzas de gastos de aval concursal
  • Multas administrativas
  • Reembolso a la sociedad

Hay que valorar los plazos de retroactividad ya que se suele ofertar con carácter ilimitado y descubrimiento posterior a la terminación de la póliza de una reclamación normalmente dos años.

Seguros de Responsabilidad Profesional

Este tipo de seguros garantizan dentro de los límites y condiciones pactadas en la póliza, la responsabilidad civil profesional del asegurado, según la normativa vigente por daños y perjuicios causados a terceras personas por hechos que se deriven de errores profesionales en el ejercicio de la actividad descrita en la póliza.

Un profesional es una persona que ejerce una profesión o que realiza una actividad profesional, estas profesiones suelen estar reguladas y se tiene que tener titulación o formación adecuada para poderlas ejercer.

Ejemplos: Abogados, Administradores de Fincas, Aparejadores, Arquitectos, Asesores contables, Asesores Fiscales, Decoradores, Graduados Sociales, Informáticos, Ingenieros, Médicos, Profesores de cualquier rama, Tasadores y todas las profesiones que se puedan encuadrar en esta definición.

Desglosamos algunas garantías/coberturas muy específicas que ofrecen algunas aseguradoras que se pueden contratar:

  • De los siniestros dentro del periodo en vigor de la póliza.
  • Periodos de retroactividad (un año, dos años, ilimitada).
  • Ampliación de periodos de cobertura, periodo de descubrimiento, reclamaciones presentadas después del final de vigencia de la póliza pero ocurridos dentro de su vigencia a negociar dicho plazo.
  • Fianzas, gastos judiciales y defensa jurídica.

Seguros de Responsabilidad Civil Patrimonial para Ayuntamientos

Es normal que los Ayuntamientos contraten pólizas de Responsabilidad Civil y Patrimonial para dar cobertura a sus actividades de riesgo evitando así desequilibrios presupuestarios graves al enfrentarse a indemnizaciones por reclamaciones de terceros.

Este tipo de pólizas garantizan la Responsabilidad Civil y Patrimonial, según las normativas legales vigentes, por las consecuencias económicas que durante la vigencia de la póliza pueda corresponder directa, solidaria o subsidiariamente al asegurado por daños, corporales, materiales y perjuicios de consecuencia directa (tal y como han sido definidos) causados a terceros en el ejercicio de la actividad pública desarrollada por el mismo, siempre dentro de los límites contratados y coberturas contratadas en póliza.

Desglosamos algunas garantías/coberturas muy específicas que ofrecen algunas aseguradoras que se pueden contratar:

  • Resp. Civil Explotación/Patrimonial.
  • Resp. Civil Patronal.
  • Resp. Civil Cruzada.
  • Resp. Civil Contaminación Accidental.
  • Resp. Civil Locativa.
  • Resp. Civil Profesional Técnica.
  • Resp. Civil Subsidiaria de Subcontratistas.
  • Resp. Civil Organización de Espectáculos y Eventos Públicos.
  • Resp. Civil por Suministro de Agua.
  • Perjuicios no consecutivos.
  • Resp. Civil Publicitaria.
  • Fianzas y defensa.

Al tratarse de Riesgos complicados llevan la elaboración previa de un estudio pormenorizado de las características de cada Ayuntamiento, de las actividades que desarrolla directamente y las que externaliza (distribución de servicios como suministro de agua y basuras, geriátricos, etc.), además de los capitales y coberturas a contratar.

Seguros de Responsabilidad Civil Festejos (Comisiones de Fiestas)

Estas pólizas se suelen contratar ante las solicitudes de los propios Ayuntamientos a las Comisiones de Fiestas con Cif o Nif  independientes, en la organización de fiestas de los barrios o actos que organizan con sus programas de actividades las propias asociaciones.

Se suelen cubrir los daños ocasionados a terceros y de los que fuera responsable el asegurado, sus garantías y capitales son adecuadas al riesgo además de la solicitud de cobertura por parte de la administración.

Desglosamos algunas garantías/coberturas muy específicas que ofrecen algunas aseguradoras que se pueden contratar:

  • Responsabilidad Civil explotación: incluye la realización y organización de festejos populares, verbenas, bailes públicos, procesiones, romerías, juegos infantiles, concursos, campeonatos, etc… Montajes y desmontajes de tribunas, escenarios, pasarelas, gradas, equipos.
  • Responsabilidad Civil derivada del personal o miembros de la organización.
  • Responsabilidad Civil suministro de bebidas y/o comidas, lógicamante si estos servicios son subcontratados la cobertura actúa de forma subsidiaria.
  • Responsabilidad Civil por el uso de maquinaria, herramientas u otro tipo de instrumento para el desarrollo de la actividad.
  • Responsabilidad Civil por cargas y descargas.
  • Defensa y Fianzas.

Estos riesgos llevan la elaboración previa de un estudio dependiendo de los programas de actos y de las características de cada programa, de las actividades que desarrollan dentro del mismo, además de los capitales y coberturas a contratar.

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