RC Medioambiental y RC Civil Contaminación

Este tipo de seguros protege a su empresa de daños medioambientales que en el desarrollo de su actividad pueda causar. Además de las reclamaciones de terceros por daños siempre que estos sean originados por contaminación accidental.

La norma que exige este seguro está basada en el principio «quién contamina, repara».

El concepto de Responsabilidad Medioambiental es introducido por la Ley 26/2007, de 23 de Octubre, en relación a: Daños a las especies silvestres y a los Hábitats; Daños a las aguas; Daños a las riveras del mar y de las rías y Daños al suelo. La cuantía garantizada estará destinada específica y exclusivamente a cubrir las responsabilidades medioambientales que se deriven de su actividad.

La Responsabilidad Civil por Contaminación Accidental cubre al asegurado por daños personales, materiales y consecutivos (según queden definidos en los condicionados de las pólizas) que podemos causar a un tercero por contaminación accidental de acuerdo con la Legislación Vigente.

Detallamos algunas de las principales garantías/coberturas que se pueden contratar:

  • Indemnizaciones y reparación del daño a los elementos naturales.
  • Costes de evitación/aminoración/prevención de daño medioambiental.
  • Costes de limpieza de los daños materiales.
  • Indemnizaciones por los daños personales/materiales.
  • Descontaminación del propio suelo.
  • Reposición de especies de flora y fauna y restablecimiento de las condiciones iniciales.
  • Daños patrimoniales consecutivos.
  • Gastos Defensa.
  • Fianzas.

Estamos especializados en seguros de empresas, nuestro equipo de profesionales le asesorará en las mejoras que se pueden obtener de los planes de seguros que su empresa necesita. Consúltenos indicando las características de su empresa y sin ningún tipo de compromiso nos pondremos en contacto.

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